Hay múltiples géneros de ERE, entre los cuales es temporal. En estas situaciones, el acrónimo por el que se conoce es ERTE (Dossier de Régulation du Travail Temporaire).

En contraste al ERE extintivo, en el ERE temporal no se extingue el contrato de trabajo, sino se genera la suspensión del mismo, así sea por suspensión por un tiempo preciso, o por reducción de día de los trabajadores damnificados.

Fuerza mayor:

Incendio, terremoto, inundación, pandemia o cualquier otra causa que brote de un acontecimiento de afuera fuera del control de la compañía son causas de fuerza mayor, las que son temporales.

Los trabajadores no tienen la posibilidad de quedar desamparados por esta medida; Tener una sucesión de derechos que puedes ejercer, como el de recibir una prestación económica mientras que persista esta situación.

¿Existe algún trabajador que prefiera quedarse?

El producto 68 del Estatuto de los Trabajadores establece que los representantes legales de los trabajadores tienen “Prioridad de permanencia en la compañía o centro de trabajo sobre el resto trabajadores, en el caso de suspensión o extinción por causa tecnológica o económica.

Por otra parte, no existe prioridad laboral para las trabajadoras embarazadas, ni para las que se favorecen de reducción de día o privilegios.

¿Por qué razón un emprendedor puede favorecerse de un ERTE?

Por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción, o derivadas de una fuerza mayor temporal, como la que ocurre hoy día con el coronavirus.

O sea, un empresario no puede acogerse al ERTE sencillamente pues le resulta interesante, puesto que debe probar que está perjudicado por ciertas causas citadas previamente. Además de esto, para utilizar esta medida, va a deber continuar rigurosamente el trámite predeterminado en el producto 47.1 del Estatuto de los Trabajadores.

¿Puedo trabajar para otra compañía a lo largo del ERTE?

Mientras que el contrato del trabajador esté suspendido por un supuesto de regulación temporal de trabajo, va a poder efectuar otra actividad laboral tanto por cuenta extraña como por cuenta propia.

En un caso así, va a deber comunicarlo al Servicio Público de Empleo Estatal, que va a deber entender las plazas que realice mientras que siente la prestación por desempleo, para lograr suspender esa prestación.

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