La diferencia entre incapacidad persistente total y también incapacidad persistente absoluta es que esta última impide al trabajador ejercer cualquier actividad profesional y la pensión pertinente es semejante al cien% de su base legal.
Entendiendo que el trabajador que ha cumplido las condiciones primordiales para merecer una pensión de invalidez total, y por consiguiente, tiene la oportunidad de ejercer una profesión diferente a la frecuente; Es comprensible que este trabajador que va a recibir mensualmente el 55% de su base reguladora deba buscar una preparación general o enfocada para otro trabajo.
¿Puedo trabajar si me han reconocido la incapacidad persistente total calificada?
No, pues la meta del aumento económico por incapacidad persistente total cualificada es compensar de alguna forma la situación de desempleo que padece el beneficiario, dadas las adversidades que halla para conseguir empleo. Por este motivo, es incompatible trabajar con la percepción de este incremento de la pensión de invalidez.
Consecuentemente, si siente la pensión que le fué conocida por incapacidad persistente total cualificada y pasa a trabajar por cuenta extraña o propia, pierde el derecho a sentir el 20% agregada de esta prestación . Pero deja de preocuparte, pues no es algo definitivo. Puesto que, en el momento en que finalizas la relación laboral y vuelves a quedar en paro, puedes retomar la percepción de tal aumento.
Ser mayor de 55 años
Desde los 55 años se puede pedir el incremento de la pensión de invalidez persistente total. El límite para pedir este incremento es la edad de jubilación.
La Incapacidad Total Cualificada tiene como fundamento la contrariedad que tiene la persona declarada inútil para el ejercicio de su profesión frecuente para localizar trabajo a los 55 años, teniendo singularmente presente la situación laboral de hoy.
Certificado de invalidez persistente total
Tras someterse a un régimen médico, el trabajador sostiene restricciones fisiológicas o funcionales que anulan su aptitud laboral.
La incapacidad persistente total le impide continuar ejercitando su profesión frecuente, pero le deja ejercer otra profesión. La Seguridad Popular comprende que los mayores de 55 años por norma general no tienen esta oportunidad.
Requisitos
- Acreditación de la contrariedad para hallar un puesto coincidente con una incapacidad persistente, derivada de nuestra patología y de la situación popular del trabajador. Esta situación se acredita de manera automática a los 55 años.
- No trabaje en otro rincón ni tenga un negocio a nuestro nombre. No anotarse ni por cuenta extraña ni por cuenta propia, ya que es conveniente rememorar que el trabajo es de manera perfecta coincidente con la incapacidad persistente total. No es viable cobrar este aumento, si se siente una pensión o si el trabajador es dueño de un lugar de comercio, si bien no esté dado de alta en el régimen de autónomos.
Como se señala en el apartado previo, el incremento del 20% no funciona con trabajar en otro rincón.