Jusqu’en 2019, la seule possibilité d’aménager la journée de travail pour concilier vie professionnelle et vie familiale était de demander une réduction du temps de travail pour s’occuper d’un enfant ou d’un membre de la familia.
¿Y si la compañía se niega?
¿Qué sucede si el trabajador no admite la negativa de la compañía? El próximo paso va a ser que el trabajador lo reclame de forma directa en el juzgado, sin precisar enseñar folleto de conciliación. Y la visión se sostendrá con determinada agilidad.
La compañía va a deber acreditar que las causas dadas en la contestación al trabajador solicitante están correctamente basadas en causas organizativas y/o productivas. Y hay que probarlo tanto con documentos como con presentes.
Reposo entre turnos y reposo semanal
El reposo períodico que todo trabajador debe tener entre turnos es de cuando menos 12 horas.
Sin embargo, para los trabajadores por turnos, el Real Decreto 1561/1995 establece una salvedad al producto 19, reduciendo el número de horas.
Tiempo de trabajo y trabajo a distancia
Como exhibe la lectura cruzada de ámbas ediciones, la presente incluye o cuenta (de manera no intensa) las probables opciones de conciliación de los trabajadores. En este sentido, está la reducción del tiempo de trabajo (regulada en el producto 37), la llamada día «a la carta» o la organización del tiempo («la organización del tiempo de trabajo»), y asimismo la manera de realizar el trabajo libres en clara alusión al trabajo a distancia («ofrecer trabajo a distancia»). Además de esto, se incluye de manera expresa, entre las situaciones protegidos, el de los progenitores con hijos inferiores de 12 años. Otro punto que fortalece el ejercicio de este derecho es que incluye el deber de las compañías de dejar que el trabajador reanude su día habitual de trabajo aun antes del periodo pactado por el hecho de que por el momento no lo necesite (en el momento en que “un cambio de situaciones lo requiera”). justificar»). En lo que se refiere a la viabilidad de las peticiones de adaptación, la ley apunta, siempre y en todo momento bajo la égida de la proporcionalidad («estas adaptaciones han de ser razonables y proporcionadas»), la obligación de la compañía de ofrecer cauce a estas. en el convenio (la ley lo permite para ser el marco normativo que fije las reglas del juego en temas de igualdad de género), el trabajador debe negociar con su empleador
A falta de otras reglas dentro en el convenio, el la compañía, frente a la petición de ajuste de día, “va a abrir un trámite de negociación con el trabajador por un período máximo de treinta días”, o sea, una vez presentada la petición del trabajador, la compañía tiene 30 días para contestar, así sea aceptándola, o sugiriendo una iniciativa opción alternativa, o rechazándola, la ley ordena al empleador a señalar «las causas objetivas» en que se fundamenta su negativa Para solucionar el enfrentamiento entre el trabajador y la dirección de la compañía se usa el trámite ad hoc pensado en el producto 139 de la Ley 36/2011, de diez de octubre, reguladora de la rivalidad popular, trámite que tiene carácter «urgente y preferente». naturaleza. «. El trabajador tiene 20 días para enseñar una demanda frente al juzgado laboral. Una acción judicial donde se puede conjuntar la acción de indemnización por la negativa o demora del empresario en el ejercicio de su derecho. La regla establece que “el empleador y el trabajador van a deber dar sus respectivas proposiciones y elecciones a los actos de conciliación frente al juicio y al propio acto de juicio, que van a poder acompañarse, en su caso, de un informe de los órganos paritarios o de rastreo”. de los proyectos de igualdad de la compañía para su cuenta en la sentencia”. La visita va a deber programarse cinco días tras la admisión de la demanda y la sentencia se dictará en el período de tres días. Un caso reciente, en el que se empleó esta vía, es la sentencia del Tribunal de Justicia de Canarias, en el que se condena a la compañía a indemnizar al trabajador con tres mil euros de daño inmaterial por haberse negado a aceptar al trabajador efectuar día achicada por la mañana
El reducción de día según el Estatuto de los Trabajadores
La reducción de día es un derecho de los trabajadores y está agarradas en el producto 37.5 del Estatuto de los Trabajadores. Radica en que el trabajador dedicará menos horas a su trabajo. Tanto el trabajador como el empleador tienen la posibilidad de pedir reducciones de tiempo de trabajo.
El producto 47 del Estatuto de los Trabajadores tiene relación a la suspensión del contrato oa la reducción de la jornada laboral por causas económicas, técnicas, organizativas, de producción o derivadas de un caso de fuerza mayor. Si la día se disminuye por motivos como éstos, el empleador lo pedirá.