Para entrar a la pensión de incapacidad persistente total se tienen que cumplir las próximas condiciones:

  1. Edad:
    • No haber alcanzado la edad ordinaria de jubilación, o
    • Si la ha cumplido, no cumple las condiciones para entrar a la pensión contributiva de jubilación, si la invalidez es consecuencia de una patología común o de un incidente no laboral.
  2. Estar afiliado y registrado o en situación asimilada al registro en el instante del hecho causante.
  3. Intérvalo de tiempo previo de cotización:
    • Si la invalidez es consecuencia de un incidente, profesional o no, o de una patología profesional, no se necesita intérvalo de tiempo previo de cotización.
    • Si la invalidez procede de una patología común, es requisito haber cubierto un periodo mínimo de cotización.

Virtudes de estar jubilado por incapacidad persistente total

Las virtudes de este género de subvención de asistencia a la dependencia son varias:

  • ) La persona va a poder seguir haciendo un trabajo en empleos diferentes al de el, lo que va a suponer una secuencia de capital aparte de su pensión.
  • Dependiendo del nivel de discapacidad, va a poder entrar a distintas ayudas destinadas a resguardar a nivel económico a la persona perjudicada.
  • Ayudas a la vivienda.
  • Asistencia para familias varias.
  • Asistencia para el integrante discapacitado de la unidad familiar.
  • Provecho fiscales en la declaración de la renta y pago del IRPF.
  • Disponibilidad para pedir la prestación por desempleo.
  • Ayudas económicas para autónomos.
  • Asistencia en la matriculación de automóviles y app del IVA achicado del 4% en la adquisición de un vehículo.
  • Ingresa a multitud de becas para personas con discapacidad.
  • Provecho por entrar a diversos tipos de títulos de transporte a costes reducidos.
  • Descuentos únicos en museos, instituciones y espacios de ocio de muy diferente índole.
  • Tarjeta de estacionamiento para minusválidos para ocupar ciertas plazas reservadas, en especial esencial en las enormes urbes.
  • Ingreso a equipos médicos y farmacéuticos destacables.

Haber cotizado un mínimo de años

El periodo mínimo de cotización va a depender de la edad de la persona que pide la incapacidad persistente total. De este modo:

Inferiores de 31 años:

Derivado de patología conjunta o incidente no profesional

En el caso de patología conjunta hay que acreditar intérvalo de tiempo mínimo de cotización :

  1. Menor de 31 años en la fecha del hecho causal: una tercer parte del tiempo pasado entre la fecha en que cumplió 16 años y la fecha en que se genera el hecho causal debe existir contribuido.
  2. Ser mayor de 31 años en la fecha del hecho causal: la cuarta una parte del tiempo pasado entre la fecha en que se cumplieron los 20 años y la fecha en que se causó el hecho causal, con un mínimo, en cualquier caso, cinco años. Además de esto, por lo menos parte del periodo exigible ha de estar en los diez años en el instante precedentes al instante en que se incurre en el beneficio.

Invalidez persistente total cualificada para ocupación frecuente

Es una variación de la incapacidad persistente total (por eso no la incluyamos como nivel en sí), con la la única diferencia es que en lugar de cobrar el 55% de la base legal, se cobra el 75% de exactamente la misma.

Este aumento del 20% se genera de manera automática en el momento en que el trabajador es mayor de 55 años y no está en alta laboral.

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