Para investigar esta hipótesis hay que partir de la CTS 55/2004, de 19 de abril, que amplía la garantía de indemnización a las represalias sufridas frente demandas extrajudiciales voluntarias. En un caso así, el despido estuvo relacionado a una carta emitida por el letrado del trabajador, donde demandaba una solución amistosa antes de asistir a los tribunales. La máxima intérprete considera en un caso así que, dados los efectos beneficiosos de la solución amistosa de las polémicas, no tienen que quedar fuera del campo de protección de la garantía de indemnización so pena de achicar su empleo. Esta interpretación expansiva, si bien precisa y consistente, ha causado una esencial inseguridad jurídica.

No obstante, la distinción entre una reclamación interna (de entrada, desamparada) y una reclamación fuera de la justicia (cuidada) no es moco de pavo.

La jurisprudencia del TC amplía la cobertura de la garantía de indemnización

A nivel normativo, las definiciones podrían considerarse como básicas, no obstante, el TC en sus distintas sentencias amplía la cobertura de la garantía de compensación garantizada. De esta manera, puede decirse que se vulnera el principio de reparación en el momento en que:

  • Hay un daño comprobable y propósito, se corrobora un nexo de causalidad bastante entre la conducta ilegal y el resultado, aun en el momento en que este no sea una intencionalidad percibida.
  • El daño está objetiva y causalmente relacionado a la vulneración de la tutela judicial eficaz.

Represalias mucho más usuales que vulneran la garantía de indemnización

La vulneración de la garantía de indemnización radica en la represalia por la parte de la compañía contra el trabajador que presentó una reclamación o demanda frente la compañía, y por este motivo la dirección de la compañía adopta medidas que dañan la situación del trabajador.

Una reclamación de derechos precedentes puede ser una demanda frente a la inspección de trabajo o una demanda frente al comité de compañía, pero el Tribunal de Casación en una reciente sentencia de 21 de julio de 2021, amplía la interpretación de la garantía de indemnización por “haber interpuesto una demanda o interpuesto un desarrollo contra el empleador por supuesta infracción de leyes o estatutos o haber interpuesto un recurso frente a las autoridades administrativas eficientes”

Este Estatuto regula de manera expresa el derecho a la tutela judicial eficaz que garantice a los trabajadores su indemnización en acciones en las que defienden lo que piensan sus derechos.

El producto 17.1 dispone que: tixagb_7)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Salón 3ª) de 20 de junio de 2019

La hipótesis fáctica se ubica en Bélgica, y es la de un una trabajadora que se entrevistó para un trabajo en una tienda de ropa en el primer mes del verano de 2015 y mencionó que se encontraba embarazada de 3 meses.

La entrevistadora, gerente de esa tienda, quedó persuadida de las habilidades de la entrevistada y aconsejó su contratación a la compañía, informándole de su embarazo.

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