ARTÍCULO 54.2.F CONDICIÓN DE LOS TRABAJADORES: SE CONSIDERARÁ INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Embriaguez frecuente o consumo de drogas si repercute de forma negativa en el trabajo
A veces se llama la atención a un trabajador en estado de embriaguez o bajo los efectos de drogas. El despido disciplinario fundado en esta causa se declarará procedente si se acredita que la condición del trabajador influye de manera negativa en el trabajo y que hablamos de una situación habitual. Nos movemos cerca de tres requisitos indispensables:
Requisitos a fin de que un despido disciplinario por consumo de alcohol o drogas sea procedente:
Primeramente, cabe indicar que un despido disciplinario por consumo de alcohol o drogas puede estar justificado, debe existir una conducta grave y culpable por la parte del trabajador. Por consiguiente, a fin de que esto ocurra, es requisito que se cumplan los 2 requisitos señalados en el art. 54.2 f) Estatuto de los trabajadores. Estos 2 requisitos son los próximos:
Esto quiere decir que ha de ser un accionar repetido y persistente en el tiempo. Además de esto, esa «habitualidad» no debe implicar un hábito patológico.
– ¿Se puede despedir por fundamentos disciplinarios a un trabajador que asiste a trabajar bajo los efectos del alcohol u otro género de substancias tóxicas?
El empleador puede realizar el despido siempre y cuando la conducta del trabajador sea grave y culpable, esto es, en el momento en que no permanezca ningún género de defensa a estimar.
A fin de que quede claro cuándo se aplican las puntuaciones de gravedad y responsabilidad, hay que tomar en consideración que nuestra Jurisprudencia ha preciso que en un caso como el que en este momento se examina, estas puntuaciones se aplicarán mientras que la embriaguez/drogas el abuso es común o tiene consecuencias negativas en el trabajo.
Empleo o tenencia de drogas como causa de despido
La denominación de drogodependencia en el Estatuto de los Trabajadores establece de manera directa la presencia de consumo recurrente por la parte del trabajador para justificar el despido disciplinario. Un drogadicto es un individuo que frecuenta consumir drogas.
No obstante, todo lo expuesto previamente con en comparación con alcohol puede repetirse en lo que se refiere al consumo de drogas, puesto que más allá de que no es lo común, estar bajo los efectos de las drogas, así sea mariguana, cocaína u otras substancias, puede ser fundamento de despido si se crea un peligro potencial o daño real para la compañía o los trabajadores u otra gente similares con la compañía.