El Tribunal Supremo acreditó en su sentencia de 21 de junio de 2018, que la prestación por desempleo funciona con la actividad por cuenta propia ocasional y a nivel económico insignificante. El Tribunal de Enorme Instancia prosiguió la doctrina de la STS de 5 de abril de 2017, según la que la incompatibilidad entre la percepción de desempleo y el trabajo por cuenta propia debe mitigarse en “los presuntos extremos en que los capital generados por la actividad económica que tienen la posibilidad de ejercer el tutor de las posibilidades por desempleo son tanto mucho más insignificantes y tan poco relevantes que no dejan considerarlos como fruto de una genuina actividad profesional”.

En el caso en particular, un individuo que transporta múltiples meses en paro desde 2012, efectuó un trabajo puntual en 2013 que le produjo un beneficio sin costos de 790,42 €. Esa persona logró lo propio y declaró los capital en la pertinente declaración del IRPF y el Servicio Público de Empleo Estatal (de ahora en adelante SEPE), cotejando los datos con Hacienda y verificando que tenía capital de actividad en 2012, extinguió la prestación por desempleo y demandó la devolución de lo colectado hasta ese instante, un total de 9.459,14 euros. La persona apeló esta resolución y por último la Corte Suprema lo prosiguió.

Compatibilidad de la prestación por desempleo y el trabajo:

Las condiciones para conciliar una relación laboral y la prestación por desempleo son casi exactamente las mismas que para la prestación contributiva, o sea, trabajar a tiempo terminado provoca que sea completamente irrealizable para recibir la prestación por desempleo.

La gente que comiencen a trabajar a tiempo parcial van a poder proseguir percibiendo la cuantía pertinente a la prestación por desempleo, que asimismo se reducirá en proporción a la jornada de trabajo. Asimismo vas a tener la opción de suspenderlo.

Suspender la prestación por desempleo

Otra alternativa es suspender por un tiempo la prestación por desempleo, con la oportunidad de regresar a pedirla si tu actividad por cuenta propia no tuvo éxito. Esta solución llega en el instante conveniente para esos que confían en su iniciativa de negocio, tienen la posibilidad de garantizar unos meses pero no tienen idea qué va a pasar a medio y largo período.

Para pedir la suspensión de la prestación por desempleo hay que pedirla antes de darse de alta como autónomo. Tienes que asistir a la oficina de empleo y hacer llegar tu deseo de suspender el subvención y ofrecerte de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos (RETA), a fin de que te suspendan el paro antes de ofrecerte de alta.

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