El Instituto Profesional de Compañías de Limpieza deseaba conseguir la anulación del convenio por carecer de representación de la Confederación Patronal.

El Juzgado de lo Popular número 1 falló en pos de la Confederación de Hombres de negocios de Ceuta, desestimando la petición de impugnación del convenio colectivo para la limpieza de inmuebles y locales de Ceuta, formulada por la Asociación asociación de la limpieza compañías (ASPEL) contra la Confederación de Hombres de negocios de Ceuta, UGT y CCOO.

¿Se puede impugnar individualmente un convenio colectivo?

Sí, es con perfección viable.

Según lo sosprechado en el apartado 4 del producto 163 de la ley reguladora de la rivalidad popular, los trabajadores van a poder, en cualquier género de trámite -así sea despido, solicitud de cantidad, etcétera. – estimar que un producto o una predisposición del contrato no se ajusta a la ley.

A. Datos del caso

En base al campo servible descrito en el art. 1.2 del convenio colectivo del ámbito hotelero de la provincia de Las Palmas, las 4 compañías demandantes (dentro 3 multiservicios) comprenden que su inclusión (que acarrea la app de las escalas salariales que tiene dentro) les causa un perjuicio grave, puesto que la esa supervisión fue efectuada por institutos expertos, que no los representan, violando su derecho a la negociación colectiva. Asimismo defienden que el precepto impugnado les ha provocado graves pérdidas, no solo en el campo económico, en tanto que se ven forzados a abonar una remuneración muy mayor a la que pagarían si se aplicasen los convenios propios de su actividad y denuncian asimismo que les daña a nivel organizativo, en tanto que deben organizar sus relaciones laborales de manera dispar según se trate o no de un contrato de hostelería, lo que paralelamente va a dar rincón al pago de remuneraciones diferentes en el momento en que se presten idénticos servicios .

De esto se deduce que, de las 4 compañías solicitantes, 1 no posee convenio colectivo propio y entra en el campo servible del convenio del ramo de limpieza, al tiempo que las otras (las 3 multiservicios) tienen compañía (y que entrado en vigor antes del convenio colectivo impugnado).

Trámite legal

  • Orden jurisdiccional: popular
  • Juzgado de apertura del trámite: Juzgado de primera instancia.
  • Género de trámite: Trámite verbal.
  • Fecha de comienzo del trámite: 06-02-2021
  • Trabajadores de la compañía.

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